BASES DEL CONCURSO “Embajadoras FITNESS lazo Rosa 2024”

La compañía Nestlé España S.A.U. (de ahora en adelante NESTLÉ), domiciliada en Esplugues de Llobregat (Barcelona) en C/ Clara Campoamor, 2 y con NIF: A-08005449, organiza un concurso (en adelante el Concurso) de ámbito nacional, con la finalidad de que las consumidoras de Cereales FITNESS® puedan ser las embajadoras de los packs solidarios que lanzará dicha marca a partir de septiembre 2024.

Esta promoción está sujeta a las siguientes BASES:

1. OBJETO DEL CONCURSO

A través de la marca FITNESS seguimos apoyando, tras más de 11 años, la lucha contra el cáncer de mama. ¿Cómo?

1. Concienciando de la importancia de una detección precoz y de mantener un estilo de vida activo y saludable para su prevención.

2. Contribuyendo económicamente con una asociación para la lucha contra el cáncer de mama.

3. Colaborando oficialmente con La Carrera de la Mujer, para la recaudación de fondos a la lucha contra el cáncer y la violencia de género.

Este año queremos que VOSOTRAS seáis las protagonistas mostrando lo importante que es llevar un estilo de vida activo y hacer deporte para su prevención, apareciendo sola, junto con amigas o familiares en nuestros packs solidarios de cereales FITNESS que se distribuirán entre septiembre y diciembre de 2024 contra el cáncer de mama.

2. PERÍODO.

El período de participación en el Concurso "EMBAJADORAS FITNESS LAZO ROSA 2024" se iniciará el día 15 de marzo de 2024 y finalizará el 15 de abril de 2024 a las 23:59. Durante los días previos a su inicio y durante su transcurso, se dará a conocer el Concurso a través de los canales que NESTLÉ considere oportunos.

3. PARTICIPANTES.

Podrá participar en el Concurso cualquier mujer mayor de 18 años, con residencia en España que se registre y acepte los términos del concurso.

Las personas que participen subiendo una fotografía a la web deberán dar su consentimiento, así como, en el caso de que aparezcan terceras personas, recabar su consentimiento para poder enviarnos su fotografía para la finalidad del Concurso.

Quedan excluidos de la participación en este Concurso los empleados de NESTLÉ y de las empresas que intervienen en la organización y gestión de este Concurso.

4. MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN.

Para poder participar en el Concurso las participantes deberán acceder a la sección promocional "EMBAJADORAS FITNESS LAZO ROSA 2024" que se encuentra en

A continuación, las participantes deberán registrarse cumplimentando un formulario con sus datos personales de contacto (nombre, apellidos y e-mail).

La concursante deberá proporcionar a NESTLÉ, al participar en el Concurso, datos de contacto veraces, actualizados y funcionales. Dichos datos serán utilizados para hacer llegar a dicha concursante toda comunicación que fuera necesario comunicar en relación con el Concurso, incluyendo –en su caso- la designación de dicha Concursante como ganadora. La falta de contestación/ausencia de acuse de recibo a los mensajes que se remitan a la dirección de correo o teléfono facilitado por la ganadora, sea cual fuera la causa, eximirá a NESTLÉ de cualquier responsabilidad al respecto, no teniendo ésta ninguna obligación de utilizar medios de notificación alternativos. Esto es: NESTLÉ cumplirá con su obligación de buena fe enviando todas las comunicaciones al medio de contacto elegido por la concursante, y ésta se compromete a verificar el correcto funcionamiento de este (incluyendo la comprobación periódica de la bandeja de "correo basura", en su caso). La falsedad o la falta de alguno de los datos obligatorios motivarán la exclusión de dicha participante del Concurso.

Asimismo, deberá subir una fotografía en la que aparezca, sola u acompañada de amigas o familiares, que cumpla los siguientes requisitos:

  • Debe mostrar implicación o momento de deporte. Por ejemplo: fotografías haciendo deporte (running, bicicleta, zumba o clases dirigidas, tenis, pádel, eventos deportivos y competiciones, etc.).
  • Se aceptan todas las fotografías enmarcadas dentro del entorno de La Carrera de la mujer tanto de este año como de pasados. Esto incluye: fotografías hechas en el photocall habilitado por NESTLÉ en las carreras de Canarias, Valencia y Madrid 2024 y fotografías personales hechas en el evento con amigas.

Serán descalificadas automáticamente sin previa notificación aquellas que:

  • Puedan ser consideradas inadecuadas, de mal gusto, ofensivas, violentas, discriminatorias o que, de cualquier modo, fomenten o justifiquen conductas socialmente reprobables.
  • Se constate claramente que se trata de un plagio o de una reproducción no autorizada de una imagen que pueda vulnerar los derechos de terceras personas.
  • Infrinjan derechos de propiedad intelectual o industrial de cualquier tipo.
  • Contengan cualquier tipo de material de contenido pornográfico.
  • Desprecien a las marcas comercializadas por NESTLÉ o a la propia NESTLÉ o al resto de los productos de NESTLÉ o compañías competidoras.

La participante solo podrá subir una única fotografía.

Una vez se concluya que no concurre ninguna causa de exclusión, se dará por válida la participación y entrará directamente en el proceso de selección de las nueve (9) fotografías ganadoras.

Las concursantes se hacen responsables de los contenidos que presentan a Concurso manifestando que dichos contenidos no infringen derechos de propiedad intelectual ni de imagen de terceras personas y, asimismo, que exoneran a NESTLÉ de cualquier responsabilidad al respecto (ver apartado 7).

5. PREMIOS

Todas las personas que participen en este Concurso optarán a ser embajadora de los packs solidarios de FITNESS: Las nueve (9) fotografías ganadoras aparecerán en el diseño frontal de los distintos packs solidarios de Cereales FITNESS que estarán en los puntos de venta desde mediados de septiembre de 2024 hasta su venta completa que se estima será, aproximadamente, en diciembre de 2024.

Además, las nueve ganadoras recibirán un lote de cereales FITNESS® compuesto por:

  • 1 unidad de Cereales FITNESS ® Chocolate con Leche 375g
  • 1 unidad de Cereales FITNESS ® Chocolate Negro 375g
  • 1 unidad de Cereales FITNESS ® Original 375g
  • 1 unidad de Cereales FITNESS ® Protein chocolate 310g
  • 1 unidad de Cereales FITNESS ® Fiber Miel 310g
  • 1 unidad de Barritas FITNESS ® Chocolate negro 141g
  • 1 unidad de Barritas FITNESS ® Chocolate con leche 141g
  • 1 unidad de Barritas FITNESS ® Protein cacao 80g
  • 1 unidad de Barritas FITNESS ® Fibra miel 80g

NESTLÉ se reserva el derecho a modificar los productos que componen el lote por productos análogos de igual o mayor valor en caso de fuerza mayor.

La entrega del lote se realizará en un único envío.

NESTLÉ se reserva el derecho de no entregar el premio a cualquier agraciada si se comprueba que no cumple con los requisitos de las presentes bases o ha existido fraude, manipulación, o actividad o conducta malintencionada.

La promoción está limitada a un premio por persona.

6. MECÁNICA DE ASIGNACIÓN DE PREMIOS.

a) Selección de las fotografías finalistas

Al finalizar el Concurso, se constituirá un jurado, compuesto por tres personas del equipo marketing de Cereales FITNESS, que se reunirá entre los días 16 y 19 de abril de 2024 para seleccionar entre 9 y 18 fotografías finalistas, dependiendo de la temática, calidad y cantidad de fotografías recibidas, pudiendo incluso declarar los premios desiertos en caso de considerar que ninguna de las fotografías presentadas a Concurso alcanza los objetivos mínimos estimados para ser premiadas.

Las fotografías finalistas serán aquellas que respondan mejor a los criterios de adecuación a la categoría y originalidad (ya sea porque transmite mejor el espíritu deportivo, por su originalidad o por su positivismo y optimismo), entendiendo siempre que dichos aspectos son subjetivos y, por tanto, basados en la percepción de los miembros del jurado y su personal criterio.

b) Selección de las 9 fotografías ganadoras:

Las nueve (9) fotografías ganadoras se designarán mediante sorteo ante notario que se celebrará entre el 22 y 29 de abril de 2024. Se designarán, asimismo, nueve reservas para el caso de que cualquiera de las ganadoras del premio no cumpla los requisitos exigidos en estas bases para la obtención del premio, no se pudiera contactar con ésta, o bien renunciara al mismo. El orden de sustitución de las reservas será el mismo en el que estas fueron designadas.

Una vez asignadas las ganadoras, NESTLÉ se pondrá en contacto con ellas para informarles de su selección como embajadora de Cereales FITNESS 2024. Con su consentimiento tras informarle de resultar ganadora, se procederá a elaboración de los packs solidarios de FITNESS y que enviaremos, una vez hechos, con muestras físicas para que puedan tenerlos en primicia.

Las fotografías ganadoras se publicarán en la web de Cereales FITNESS® así como en las redes sociales de Cereales Nestlé.

7. PROPIEDAD INTELECTUAL Y DERECHOS DE IMAGEN.

7.1. PROPIEDAD INTELECTUAL.

Por el mero hecho de participar, la participante manifiesta ser la autora de la fotografía que presenta a Concurso, o la titular legítima de los derechos de propiedad intelectual de la fotografía por haber obtenido, en su caso, la cesión de dichos derechos por parte de la persona titular de los mismos, incluyendo a título enunciativo, pero no limitativo, los derechos de reproducción, distribución, transformación, explotación publicitaria y comercial, exhibición y comunicación pública.

En tal condición, la participante, por el mero hecho de participar en este Concurso y presentar una fotografía a Concurso autoriza, desde este preciso instante a NESTLÉ al uso de su fotografía, su exhibición y al uso del nombre de la participante en cualquier medio y a través de cualquier forma de comunicación, siempre en relación con la misma.

En particular, NESTLÉ podrá utilizar las imágenes premiadas del Concurso y el nombre de las agraciadas para comunicar a las ganadoras en la web del Concurso www.nestle-cereals.com/es/fitness-cancerdemama y en sus redes sociales.

Asimismo, como legítima titular de los derechos de explotación sobre la creación presentada al Concurso, con alcance suficiente para participar en el mismo, la concursante cede a Nestlé, en exclusiva, para el territorio de España y durante el plazo máximo de TRES años, los derechos de imagen y de propiedad intelectual –con exclusión y sin perjuicio de los derechos morales- sobre la fotografía, lo que incluye, los siguientes:

  1. El derecho a reproducir y obtener copias de las fotografías, o de parte de las mismas, a través de cualquier procedimiento y/o medio, tangible o intangible.
  2. El derecho a transformar las fotografías, lo que incluye cualquier ajuste, cambio, arreglo y/o modificación de las mismas.
  3. El derecho a incorporar las fotografías, total o parcialmente, en su versión original o modificada por Nestlé, a los estuches de cereales FITNESS que serán objeto de comercialización.
  4. El derecho a utilizar y difundir publicitariamente las fotografías, total o parcialmente, en su versión original o modificada por NESTLÉ, en cualquier medio mediante su inclusión en soportes publicitarios tales como mailing, prensa, así como, a través de internet, en las páginas web de Nestlé u otras webs de internet y en redes sociales tales como Facebook, Instagram, o Twitter, así como en canales internos (intranet, workplace, pantallas, etc…) y en cualquier medio de comunicación.

A los efectos antes expresados, las ganadoras se comprometen a firmar, a petición de NESTLÉ, un contrato de cesión gratuita de los derechos arriba mencionados.

7.2 TERCERAS PERSONAS.

Si en la imagen presentada a Concurso aparece otra u otras personas, distintas de la participante, ésta manifiesta haber obtenido previamente la cesión de sus derechos de imagen o su consentimiento expreso o inequívoco para que su imagen sea publicada, difundida o explotada en los términos indicados en este documento.

La participante es responsable directa de la veracidad, exactitud, actualidad y suficiencia de las manifestaciones relativas a la cesión de los derechos de imagen o propiedad intelectual de terceros que aparezcan en la fotografía que presente a Concurso, eximiendo a NESTLÉ de las consecuencias y perjuicios que puedan provocarle su declaración inexacta, falsa o errónea.

En el caso de que en las fotografías ganadoras haya terceras personas, éstas también deberán dar su consentimiento expreso para que su imagen se difunda o sea explotada en los términos indicados en el punto anterior. Para ello deberán suscribir el documento de cesión de derechos de imagen en los términos que se establecen en el apartado 7.1. anterior. Si dichas terceras personas fuesen menores de edad, el consentimiento y autorización debe ser otorgado por sus representantes legales, esto es, ambos progenitores.

7.3. CONTENIDOS.

Además de lo establecido en el apartado anterior, la concursante declara ser la propietaria de la imagen que difunde y la titular legítima de los derechos de propiedad intelectual de la imagen o, en otro caso, haber obtenido la cesión de dichos derechos o el consentimiento inequívoco de las personas autoras de la incluyendo a título enunciativo, pero no limitativo, los derechos de distribución, transformación, explotación publicitaria y comercial, exhibición y comunicación pública.

La concursante exime a NESTLÉ de cualquier perjuicio en este sentido, y le autoriza a suprimir cualquier foto que un tercero reputara que no cumple con las declaraciones realizadas en este párrafo.

La concursante no deberá participar con imágenes que atenten o sean susceptibles de atentar contra la moral, la ética, el buen gusto o el decoro, ni que infrinjan, violen o conculquen los derechos de propiedad intelectual o industrial. NESTLÉ actuará de inmediato ante una denuncia o una sospecha de que puedan estar produciéndose infracciones de los derechos de propiedad intelectual o ante cualquier contenido que pueda considerarse inadecuado y procederá a eliminarlo inmediatamente, pudiendo solicitar el bloqueo permanente del usuario infractor.

NESTLÉ declina toda responsabilidad sobre las consecuencias de la exhibición voluntaria, consentida y deliberada por parte de la usuaria de las imágenes que participen en el Concurso, así como de la copia o difusión por su parte o por terceros, o su reproducción, incluso en otras páginas web, blogs, redes sociales o en cualquier otro medio, soporte o modalidad de explotación digital o no, online u off line. Por lo tanto, la concursante mantendrá a NESTLÉ indemne ante cualquier reclamación, queja o demanda de terceros en relación con la vulneración o infracción de los posibles derechos que pudieran derivarse de los materiales que se hayan publicado para participar en este Concurso.

8. CAUSAS DE DESCALIFICACIÓN DE UNA PARTICIPANTE DEL CONCURSO.

Este Concurso se organiza con la pretensión de incentivar y fomentar la participación de todas las consumidoras de los productos con las marcas que toman parte de aquélla, premiando la fidelidad en condiciones de igualdad y con estricto respeto al principio general de la Buena Fe. Por ese motivo, NESTLÉ excluirá automática e inmediatamente de la misma a cualquier participante que transgreda las normas de la buena fe, observe una conducta mendaz, inadecuada, falaz o impropia, emplee medios desproporcionados, fraudulentos o abusivos, o incumpla estas bases en cualquiera de sus extremos.

En cualquier caso, con carácter enunciativo, pero no limitativo, y en aquello que resulte de aplicación, se excluirá a cualquier participante del concurso en los siguientes casos:

1. Introducción de datos personales inexactos, erróneos, no coincidentes o falsos. La constatación de que una participante ha introducido datos personales inexactos, alterados o falsos, dará lugar a la exclusión inmediata de todas sus participaciones en el concurso, y le inhabilitará para recibir cualquier premio, sin que sea necesario comunicárselo.

2. De igual modo, cualquier anomalía atribuible a una participante que impida, altere o perturbe el normal desarrollo de la promoción, que afecte o perjudique a cualquier otra participante, que pueda falsear los datos de participación, comprometa la seguridad o la fiabilidad de los sistemas técnicos utilizados para su desarrollo, o que contravenga, de algún otro modo las presentes bases, dará derecho a NESTLÉ a excluir unilateral e inmediatamente a dicho participante y a dar cuenta de los hechos a las autoridades competentes.

En caso de que cualquiera de las anteriores irregularidades, o cualesquiera otras, se detecten con posterioridad a la comunicación efectiva de las ganadoras, NESTLÉ se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales pertinentes contra su autor o responsable, entre otras, las tendentes a la devolución de los premios.

9. DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.

Las participantes en la promoción consienten inequívocamente que, en caso de resultar ganadoras, sus datos personales (nombre y apellidos) puedan ser comunicados a terceros mediante su difusión a través de los medios que NESTLÉ estime más convenientes.

Los datos de carácter personal que faciliten las participantes en este Concurso serán tratados dando estricto cumplimiento a lo establecido en el Reglamento (UE) 2019/679, de 27 de abril de 2016, general de protección de datos (“RGPD”) así como a la legislación nacional aplicable en el momento de la promoción.

En el momento de proceder a la recogida de los datos a través del formulario, se informará a las participantes de forma clara, precisa, suficiente y detallada acerca del almacenamiento temporal de sus datos en un fichero temporal y/o su incorporación a una base de datos permanente titularidad de Nestlé España S.A.U., de las finalidades para las que podrán ser destinados dichos datos (i.e. publicidad dirigida y marketing directo, compartir su información con buscadores en Internet o proveedores de redes sociales, mostrarle comunicaciones comerciales en sitios web, conocer sus actividades y opiniones y hacerle llegar ofertas y promociones basadas en su ubicación geográfica precisa, etc.), así como de los derechos que tienen las participantes sobre sus datos personales y los mecanismos para ejercerlos. La negativa a proporcionar los datos calificados como obligatorios implicará la imposibilidad de participar en la promoción o la de acceder a las prestaciones para los que eran solicitados.

La negativa a proporcionar los datos calificados como obligatorios implicará la imposibilidad de participar en el Concurso o la de acceder a las prestaciones para los que eran solicitados.

10. FISCALIDAD

A los premios del presente Concurso, les será de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no residentes y sobre el patrimonio; el Real Decreto nº 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba su Reglamento y sus modificaciones posteriores; Disposiciones transitorias Primera y Tercera de la Ley 13/2011 de 27 de mayo, de Regulación del Juego; la disposición adicional primera de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre de Modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, y el artículo 48, apartado 6, y apartado 7, número 12 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo de Regulación del Juego y el procedimiento para su presentación telemática y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la entidad mercantil NESTLÉ PURINA la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF).

De conformidad con la citada normativa, se informa a los participantes en el presente Concurso de que los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta de IRPF siempre que el valor del premio (incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido) sea superior a 300 Euros.

En relación con lo anterior y en cumplimiento de la vigente normativa fiscal, NESTLÉ practicará la correspondiente retención e ingreso a cuenta sobre el premio entregado y, en su momento, expedirá la oportuna certificación que facilite al participante el cumplimiento de sus obligaciones fiscales al tener que incorporar en su declaración de IRPF el rendimiento consistente en el premio recibido, junto con el resto de las rentas que perciba, y de cuya cuota total se podrá deducir como ya ingresada la cantidad que conste en la mencionada certificación de ingreso a cuenta.

El participante ganador deberá confirmar el día de la entrega del premio sus datos personales, así como mostrar su DNI o Tarjeta de Residente. Con el fin de que puedan ser efectuadas las retenciones mencionadas en el punto anterior, el ganador deberá firmar en todo caso un escrito justificativo de la recepción del premio, al recibir el mismo y entregar fotocopia de su DNI. En caso contrario, perdería su derecho a la recepción del premio.

La cumplimentación de los datos personales y fiscales de los ganadores necesarios para la entrega de los premios tiene carácter obligatorio, de forma que la ausencia de cualquiera de dichos datos supondrá la pérdida del derecho al premio obtenido.

11. ACEPTACIÓN DE LAS BASES.

La participación en el Concurso supone la aceptación en su totalidad de las presentes bases y podrán ser consultadas por las participantes en la página web Cereales NESTLÉ®, en el apartado de promociones.

NESTLÉ se reserva el derecho de eliminar justificadamente a cualquier participante que defraude, altere o inutilice el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario del presente Concurso, así como la resolución de cualquier cuestión derivada de la presente actividad promocional.

La participación en este Concurso implica la aceptación de las Bases de la misma por parte de los participantes y el criterio de NESTLÉ para la resolución de cualquier incidencia.